La información que se presenta a continuación describe en orden específico lo señalado por la resolución 3564 de 2015 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y por lo ordenado por la Ley 1712 de 2014 atendiendo los mandatos del Título 1 de la parte 1 del Libro 2 del Decreto No 1081 de 2015 “Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República” y atendiendo los postulados de la Estrategia de Gobierno en Línea establecida en el Título 9 Capítulo 1 de Decreto No. 1078 de 2015, los sujetos obligados por el artículo 5 de la Ley 1712 de 2014 deben publicar en su sitio web las siguientes categorías de información:
Mecanismos de contacto con el sujeto obligado