De conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 – Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el cual cita: “Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días".
Ante la imposibilidad de realizar notificación personal, procede a notificarse por Aviso el contenido de la comunicación de los siguientes radicados:
* Se advierte que la notificación se considerara surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso.