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Trámite solicitudes de inclusión al RURO y carnetización

Por: jescobar@uaesp....
Publicado el: Agosto 2020
Tramite solicitudes de inclusión al RURO y carnetización

Información sobre el restablecimiento de la atención personalizada al ciudadano para el trámite de solicitudes de inclusión al Registro Único de Recicladores de Oficio -RURO- y carnetización de la población recicladora de oficio.

Dando alcance a la circular 20207000000284 del 16 de marzo de 2020, me permito informar que desde el día lunes 31 de agosto de 2020, se restablece la atención personalizada al ciudadano para el trámite de solicitudes de inclusión al Registro Único de Recicladores de Oficio-RURO- y carnetización de la población recicladora de oficio en la sede principal de la UAESP ubicada en la Avenida Caracas No 53-80 –ingreso por parqueadero externo- en horario de 10:00 a.m. a 3:00 p.m. jornada continua de lunes a viernes, se atenderán máximo 20 personas al día dentro del horario establecido con intervalos de 15 minutos, y se deberá dar cumplimiento al pico y cedula , así:

  1. En los días impares no podrán acceder a estos servicios y establecimientos, las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito impar.
  2. En los días pares no podrán acceder a estos servicios y establecimientos, las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito par.

Así mismo se deberá tener en cuenta:

CARNETIZACIÓN:

Con relación al proceso de carnetización se debe tener en cuenta que no se realizará cambio de carné, solo se expedirá para las personas que no lo hayan tramitado o que por pérdida o deterioro lo requieran, así mismo sólo se expide el carné al reciclador que se encuentra incluido en el Registro Único de Recicladores de Oficio-RURO.

SOLICITUDES DE INCLUSIÓN AL RURO

Para el proceso de solicitud de inclusión al Registro Único de Recicladores de Oficio-RURO se debe tener en cuenta lo establecido en la Resolución 355 de 2017 "Por medio de la cual se establecen los criterios, mecanismos y el procedimiento para la actualización del Registro Único de Recicladores de Oficio- RURO y se derogan las Resoluciones 066 de 2014 y 523 de 2014".

“ARTICULO PRIMERO: REQUISITOS PARA LA INCLUSION AL RURO: La persona natural que solicite ser incluida en el Registro Único de Recicladores de Oficio-RURO, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

1. Ser ciudadano colombiano, mayor de edad.
2. Radicar debidamente diligenciado el formato de solicitud de inclusión establecido por la UAESP
3. Anexar a la solicitud, fotocopia de la cédula de ciudadanía o fotocopia de cualquiera de los tres (3) tipos de comprobantes que certifican la solicitud de trámite de un documento por primera vez, duplicado, recti- ficación o renovación que expide la Registraduría Nacional del Estado Civil.
4. Anexar a la solicitud, certificado de antecedentes disciplinarios, penales, contractuales, fiscales y de perdida de investidura, expedido por la Procuraduría General de la Nación y/o certificado de estado de cédula de ciudadanía expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, los cuales pueden ser con- sultados en la página web de dichas entidades.

PARAGRAFO 1: Una vez radicada la solicitud y realizada la verificación en campo por parte del personal de la UAESP de acuerdo con el mecanismo establecido, la Subdirección de Aprovechamiento procederá a la inclusión del reciclador en el Registro Único de Recicladores de Oficio-RURO- mediante Acto Adminis- trativo.”

Cada persona interesada en la inclusión al RURO, debe suministrar información veraz y el número de contacto debe ser real y correcto, para que se pueda establecer contacto y realizar la verificación en campo que permita constatar su labor como reciclador de oficio, si no es posible establecer dicho contacto se emitirá respuesta de no inclusión al RURO.

Los tramites de carnetización y solicitudes de inclusión al RURO se realizan de forma individual y personalizada, el reciclador debe presentar su cédula de ciudadanía original.

Es importante mencionar que para ser atendidos se deben cumplir todas las normas de bioseguridad:

  • Uso correcto y permanente del tapabocas.
  • Lavado de manos al ingreso.
  • Distanciamiento de 2 metros entre persona y persona, para atención.
  • Acatar las indicaciones que el personal de la UAESP imparta.
  • No se permitirán aglomeraciones y sólo una persona debe realizar el trámite
  • No se permitirá el ingreso de menores de edad, o de acompañantes.
  • Si la persona presenta alguna discapacidad o adulto mayor que requiera acompañamiento se permitirá el ingreso de un acompañante que no sea menor de edad.

Por último, se informa, que la presente circular esta sujeta a todas las disposiciones normativas que a nivel Distrital o Nacional se expidan.

Se agradece su atención y cumplimiento.

 

ALVARO RAUL PARRA ERAZO
Subdirector de Aprovechamiento

 

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