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CIRCULAR No. : 20227000000274

Por: UAESP – Unidad ...
Publicado el: Septiembre 2022
CIRCULAR No. : 20227000000274

Notificación Reportes periódicos - REGISTRO UNICO DE CARRETEROS -RUCA

PARA:POBLACIÓN RECICLADORA
DE:Subdirección de Aprovechamiento
ASUNTO:Notificación Reportes periódicos - REGISTRO UNICO DE CARRETEROS - RUCA

Respectados Señores,

En cumplimiento del Decreto 019 de 2022, “Por medio del cual se ordenó la creación del REGISTRO ÚNICO DE CARRETEROS -RUCA, como instrumento de identificación y caracterización de los carreteros en el espacio público”, la UAESP avanzó en la creación del REGISTRO ÚNICO DE CARRETEROS -RUCA, a través de las Organizaciones de Recicladores, incluidas o en proceso de inclusión, al Registro Único de Organizaciones de Recicladores -RUOR, desarrollando las siguientes actividades, así:

1. Expedición de la Resolución 031 de 2022, “Por la cual se crea el Registro Único de Recicladores de Carreteros -RUCA”; mediante la cual se establece la obligación de caracterización e identificación de la Población Carretera.

2. Teniendo en cuenta lo anterior, la UAESP expide la CIRCULAR 20227000000054 de 2022, mediante la cual solicitó a las Organizaciones de recicladores, incluidas o en proceso de inclusión al Registro Único de Organizaciones de Recicladores - RUOR, el reporte de toda su población  carretera.

3. A través de la CIRCULAR 20227000000094 de 2022, la UAESP prorroga el plazo para que las Organizaciones que faltaban por la presentación del reporte de toda la población carretera, contaran con el tiempo suficiente para el cumplimiento de dicho reporte.

4. Acto seguido, una vez cerrado el plazo establecido para dicho reporte, esta información fue revisada, depurada de errores y archivos defectuosos; así, se procedió con la expedición de carnés y códigos QR, informando a las organizaciones de recicladores el procedimiento establecido para tal fin, a través de la CIRCULAR 20227000000154.

5. Como resultado del procedimiento de solicitud de información de las organizaciones de oficio, al 15 de julio de 2022, habiendo informado, y conjuntamente coordinado con los representantes legales, la UAESP cumplió con las jornadas de verificación, entrega de carnés y marcación de carretas; en las cuales se reiteró que, de acuerdo con el Decreto 019 de 2022, la identificación de la población carretera en el Registro Único de Carretas -RUCA- no implicaba su formalización, o inclusión, en el Registro Único de Recicladores de Oficio- RURO-.

6. Toda vez que se encontraban pendientes de expedición carnés y códigos QR, por errores en los datos o archivos reportados, la UAESP habilitó un periodo de ajustes para el envío de archivos al 29 de julio de 2022. Los cuales una vez impresos serían nuevamente entregados a través de las organizaciones de recicladores.

7. Teniendo en cuenta lo anterior, la UAESP dio plazo hasta el 31 de agosto de 2022 para la recepción por ventanilla de solicitudes individuales, de aquellos carreteros que no habían sido reportados por las organizaciones.

Ahora bien, una vez surtidas las acciones anteriores, la UAESP procederá mediante Acto Administrativo con la creación del REGISTRO ÚNICO DE CARRETEROS -RUCA, tal como lo establece el Decreto 019 de 2022.

Así mismo, habilitará la actualización periódica de carreteros a través de las Organizaciones de Recicladores, incluidas o en proceso de inclusión, del Registro Único de Organizaciones de Recicladores -RUOR; de modo que, las organizaciones de recicladores continúen presentando periódicamente reporte de sus carreteros, en los tiempos y mecanismos que determine la UAESP; con el propósito de alcanzar el mayor nivel de registro de carreteros pertenecientes a las organizaciones de recicladores; garantizando su protección y correcta identificación.

Al respecto, la UAESP informará a las organizaciones de recicladores el procedimiento relacionado con estos reportes periódicos, para lo cual se tendrá en cuenta lo siguiente:

1. Población Objeto del Registro: siguen siendo objeto del registro únicamente las personas que realizan actividades de aprovechamiento de residuos sólidos mediante el uso de una carreta o zorro de tracción humana como principal herramienta de trabajo.

2. Reporte periódico: las organizaciones de recicladores reportarán únicamente carreteros, a quienes tendrán a su cargo, para velar por la  correcta prestación del servicio de aprovechamiento de estas personas.

3. Retiro del Registro: la UAESP retirará del Registro a aquellos carreteros que incumplan con la correcta prestación del servicio de aprovechamiento, y afecten el espacio público; también retirará a aquellos carreteros que utilice la identificación RUCA para prestar el
servicio de aprovechamiento en otros medios de tracción (camiones, chanas, bicitaxis, motocarros, carros de mercado, enganches).

4. Inclusión a RUCA: la inclusión de recicladores al REGISTRO ÚNICO DE CARRETEROS – RUCA-, no implica su formalización o inclusión en el REGISTRO ÚNICO DE RECICLADORES -RURO.

Así mismo, recordarles respetuosamente a las organizaciones de recicladores que en espacio público su población carretera deberá portar carné y tener marcada la carretea con código QR; garantizando la correcta prestación del servicio de aprovechamiento, contemplando lo establecido en la Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia.

Finalmente, esta unidad agradece la participación de las Organizaciones de recicladores en el riguroso proceso de creación del REGISTRO ÚNICO DE CARRETEROS -RUCA; así como, su compromiso con la ciudad, cumpliendo lo establecido en el Decreto 019 de 2022, y la demás normatividad en la actividad de aprovechamiento.

 

Cordialmente,

 

LUZ AMANDA CAMACHO SÁNCHEZ
Directora Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos

 

FABIÁN HUMBERTO FAJARDO
Subdirector de Aprovechamiento E.

Archivos adjuntos: 
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20227000000274-1.pdf CIRCULAR No. : 20227000000274 474.44 KB

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