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CIRCULAR No. : 20227000000334

Por: UAESP – Unidad ...
Publicado el: Octubre 2022
CIRCULAR No. : 20227000000334

Llamado para el mantenimiento de mausoleos, bóvedas, osarios y cenizarios de propiedad privada, ubicados en los Cementerios Distritales: Central, Norte y Sur.

PARA: PROPIETARIOS DE MAUSOLEOS, BÓVEDAS, CENIZARIOS Y OSARIOS PRIVADOS - CEMENTERIOS DISTRITALES: CENTRAL, SUR, NORTE,

DE: UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS
       Subdirección Servicios Funerarios y Alumbrado Público

ASUNTO:Llamado para el mantenimiento de mausoleos, bóvedas, osarios y cenízaros de propiedad privada, ubicados en los Cementerios Distritales: Central, Norte y Sur.

Respetados señores y señoras:

La Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP -, en calidad de propietaria de los Cementerios Distritales del Norte, Central, Sur y Parque Serafín, consciente de la necesidad de realizar un trabajo mancomunado para la revitalización de los cementerios como escenarios de la memoria social, cultural y patrimonial de Bogotá y del país en su conjunto, hace un llamado urgente a los propietarios de mausoleos, bóvedas, osarios y cenizarios privados, para que realicen los mantenimientos necesarios a su propiedad. Con dicha actividad se busca el cumplimiento de la normatividad vigente en materia sanitaria y de infraestructura, contenida en la Ley 09 de 1979 y sus Decretos reglamentarios, Resolución 5194 de 2010, Resolución 2674 de 2013, circular 027 de 2004 de la Secretaria Distrital  de Salud y los demás que lo regulen.

Se recuerda que en los términos del Decreto 367 de 1995 "Por el cual se adopta el reglamento para la concesión de la administración, operación, mantenimiento de los cementerios y horno crematorio de propiedad del Distrito Capital", la obligación sobre el mantenimiento de la propiedad privada recae sobre los propietarios:

“(...) 9.1.4 Mantenimiento de lotes, mausoleos o cualquier monumento funerario de propiedad privada. Los propietarios de lotes, mausoleos, o de cualquier monumento funerario, están obligados a mantenerlos en condiciones adecuadas de aseo y presentación.

Por lo anterior, se hace necesario que los propietarios de mausoleos, lotes panteones edificados en terreno de propiedad particular, ubicados en los Cementerios Distritales del Norte, Sur y Central, verifiquen el estado de sus propiedades y gestionen ante las autoridades competentes los permisos para los mantenimientos, reforzamientos y mejoras que correspondan, con el fin de salvaguardar el patrimonio histórico, cultural, la vida de usuarios y visitantes de los cementerios propiedad del Distrito y no incurrir en riesgos potenciales como colapso parcial o total. Los  riesgos señalados se hacen evidentes en algunas de las infraestructuras relacionadas, cuyo diagnostico se encuentra contenido en el documento “Diagnostico Técnico DI-17963” del 30 de septiembre de 2022 emitido por el Instituto Distrital de Riesgos y Cambio Climático – IDIGER-. En caso de no hacerse las labores correspondientes, la UAESP deberá adelantar las acciones tendientes a la expropiación por motivos de utilidad pública  de que trata Ley 9 de 1989 actualizada por el artículo 63 de la Ley 388 de 1997, ley 9 del el cual reza:

“ARTÍCULO 63.- Motivos de utilidad pública. Se considera que existen motivos de utilidad pública o de interés social para expropiar por vía administrativa el derecho de propiedad y los demás derechos reales sobre terrenos e inmuebles, cuando, conforme a las reglas señaladas por la presente Ley, la respectiva autoridad administrativa competente considere que existen especiales condiciones de urgencia, siempre y cuando la finalidad corresponda a las señaladas en las letras a), b), c), d), e), h),j), k), l) y m) del artículo 58 de la presente Ley.” Ver el Acuerdo  15 de 1999

Entre otros motivos de utilidad pública se tienen los contenidos Ley 9 de 1989 actualizada en literal G. H el artículo 58 de la Ley 388 de 1997, la cual reza:

“g). Funcionamiento de las sedes administrativas de las entidades públicas, (...) siempre y cuando su localización y la consideración de utilidad pública estén claramente determinados en los planes de ordenamiento o en los instrumentos que los desarrollen;

h). Preservación del patrimonio cultural y natural de interés nacional, regional local, incluidos el paisajístico, ambiental, histórico y arquitectónico; (...)”

Se recuerda, que el Cementerio Distrital Central, con casi dos siglos de historia, siendo uno de los más antiguos de Colombia, inicio su construcción en 1832 y desde entonces ha prestado sus servicios a propios y foráneos. Este espacio es un emblema de la memoria histórica, política, social y cultural del país. En 1984 fue declarado Bien de Interés Cultural del Ámbito Nacional, según Decreto No. 2390 del 26 de septiembre de 1984.

El Cementerio Distrital del Sur, también conocido como Matatigres, fue construido a comienzos de la década del 40 del pasado siglo (1944), buscando atender la demanda cada vez mayor de servicios de destino final de la Ciudad en virtud de la densificación poblacional y el crecimiento de ésta.

El Cementerio Distrital del Norte, conocido como Cementerio de Chapinero fue inaugurado en febrero de 1918 , y su especial relevancia esta dada  por la respuesta que significó ante la crisis endémica por la gripa española que golpeó fuertemente a la ciudad de Bogotá.

En este sentido la Alcaldía Mayor de Bogotá, invita a los propietarios de mausoleos, bóvedas, osarios y cenízaros para que en el marco de nuestro programa “Juntos Cuidamos Bogotá”, aúnen esfuerzos de carácter interinstitucional con entidades del orden local y nacional, aportando y acompañando el reconocimiento, mantenimiento y conservación de los Cementerios Distritales como bienes de interés cultural y patrimonial, considerando que nuestros campos santos, se constituyen en lugares de identidad e historia y un repositorio de la memoria colectiva del país, todos y todas estamos llamados a su cuidado y conservación.

LUZ AMANDA CAMACHO SÁNCHEZ
Directora General UAESP.
INGRID LISBETH RAMÍREZ MORENO
Subdirectora de Servicios Funerarios y Alumbrado Público UAESP.

 

Archivos adjuntos: 
Nombre Descripción Tamaño
20227000000334_Circular_SF.pdf anexo circular 335.97 KB
IDENTIFICACION_PROPIETARIOS_MAUSOLEOS_PP_JCB_26-10-2022.pdf anexo propietarios mausoleos 63.16 KB

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