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Subvenciones, acompañamientos psicológicos y asesorías legales en los Cementerios Distritales

Por: Sergio.Grandas
Publicado el: Diciembre 2022

Apoyamos a las familias más vulnerables de Bogotá, a través de la Subdirección de Servicios Funerarios, con subsidios o subvenciones en inhumación, exhumación y cremación en los Cementerios Distritales, que cubren del 75% al 100% de estos servicios. Conoce cómo acceder a estos beneficios de disposición final y acompañamiento en la etapa de duelo.

La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP, apoya a la población y familias más vulnerables de la ciudad al momento de enfrentar la pérdida de un ser querido y la etapa de duelo, ofreciendo desde la Subdirección de Servicios Funerarios subvenciones o subsidios. Durante 2022, La UAESP ha entregado 4.568 beneficios en los cuatro Cementerios Distritales.

¿En qué consiste la subvención funeraria?

Es un apoyo transitorio y oportuno dirigido a las personas que no cuentan con recursos económicos para afrontar la situación de calamidad funeraria. Este beneficio cubre los servicios funerarios de destino final como inhumación, exhumación y cremación en los Cementerios Distritales: Norte, Central, Sur y Parque Serafín.

¿Cómo se acceder a un subsidio funerario?

Se debe acreditar la condición de vulnerabilidad, indicar el servicio funerario que se solicita y radicar en las oficinas de la UAESP, carta o formato de solicitud con nombres y apellidos completos del fallecido y solicitante, documento de identidad, dirección, teléfono y correo electrónico del solicitante (si lo tiene).

¿Cómo se puede acreditar la condición de vulnerabilidad?

• Puntaje de la base de datos del SISBÉN categoría A, B y C.

• Población desplazada - víctimas del conflicto.

• Población habitante de calle.

• Grupos étnicos (indígenas, afros, pueblo palenquero, comunidad gitana o Pueblo Rom, etc.)

• Nacionales venezolanos.

Requisitos y documentos para la solicitud carta de solicitud o formato que contenga:

• Datos del peticionario.

• Datos del fallecido.

• Servicio y cementerio propiedad del Distrito.

Se debe anexar:

• Registro civil de defunción – certificado de defunción.

• Copia de cédula del peticionario.

• Documento con el que se acredite la condición de vulnerabilidad.

Condiciones especiales:

• Propietarios de mausoleos – bóvedas, osarios o cenizarios: adjuntar certificado de tradición y libertad o escritura pública.

• Muerte violenta: adjuntar certificado de Fiscalía que autoriza el procedimiento solicitado por el deudo (no mayor a 30 días de vigencia).

• Proviene de otro cementerio: adjuntar certificado de procedencia de restos o cenizas.

• Restos que se dirigen a otro cementerio: adjuntar certificado del cementerio al cual serán enviados los restos, que den cuenta de este hecho.

Tiempos de respuesta:

• Máximo diez (10) días hábiles a partir del recibo de la solicitud y confirmación del cumplimiento de los requisitos, para servicios de exhumación y cremación de restos.

• Un (1) día para los servicios de inhumación o cremación de cuerpos.

Para tener en cuenta

No se subsidian servicios de sala de velación, laboratorio de tanatopraxia, capillas, cofres ni féretros.

La UAESP además, cuenta con un equipo psico-social y jurídico que brinda acompañamiento a las familias para enfrentar la pérdida de un ser querido, superar la etapa de duelo y asesorías en materia normativa, licencias de inhumación o cremación y otros trámites legales en los cementerios propiedad del Distrito.

Acompañamientos psicológicos

Son jornadas en las que se ofrecen herramientas psicológicas y emocionales para superar la etapa del duelo, que es un proceso normal de adaptación ante la pérdida significativa de un ser querido. El ser humano desarrolla una alteración emocional en el momento de la crisis debido al vínculo afectivo que tenía con la persona. Esta alteración se manifiesta con sentimientos de tristeza, enojo, culpa y frustración al experimentar la ausencia de la persona en su vida, terminando en ocasiones, en episodios de ansiedad y depresión. De enero a noviembre de 2022, hemos acompañado a 550 personas en los cementerios del Distrito.

Asesorías legales

Son procesos enfocados a temas normativos y en trámites de licencias de exhumación, disposición de restos, verificación de propiedad privada en mausoleos y otros, para la definición de rutas eficaces para el restablecimiento de los derechos de los usuarios y familias que acuden a los Cementerios Distritales. De enero a noviembre, hemos ofrecido 150 asesorías legales durante procesos funerarios.

Canales de atención virtual

• Correo electrónico: subsidiosfunerarios@uaesp.gov.co - uaesp@uaesp.gov.cofunerarios@uaesp.gov.co

Presencial y telefónica

• Ventanilla de atención al público: Av. Caracas # 53-80 de 10:00 a.m. a 4:00 p.m. Teléfono (601) 358 5400 Opción 3. Celular 305 936 0802

• Cementerio Distrital Central: Carrera 20 # 24 - 80 Celular: 323 244 5815

• Cementerio Distrital del Norte: Calle 68 # 29 B - 84 Celular: 321 312 4267

• Cementerio Distrital del Sur: Carrera 27 # 32 - 71 Sur. Celular: 321 307 1058

• Parque Cementerio Serafín: Av. Boyacá - Calle 71 sur # 4 - 09 Celular: 321 308 7457

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